SERVICIOS

VENTAJAS DE LOS SERVICIOS

Liberamos las oficinas de Arquitectura del desarrollo de algo cuyo contenido no les interesa y lo desconocen muchas veces.

El hecho de contratar el servicio les da un derecho a “ventana abierta” para las dudas o consultas que surjan durante el proceso de construcción, las que generalmente necesitan de rápida resolución.

El conocimiento de la nueva plataforma de opciones que ofrece la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, permite darle mayor flexibilidad al conjunto, en base al reglamento y la formulación de diversas administraciones.

Durante todo el periodo de prestación de servicio, la Inmobiliaria y los Arquitectos gozaran de la Asistencia Técnica y Legal entregada por nuestros profesionales, la que se podrá realizar manteniendo constantemente contacto por la vía de correo electrónico e incluso en caso de necesidad concurriendo a reuniones de coordinación de los diferentes aspectos del proyecto con la Inmobiliaria ó con las Instituciones Involucradas.

ASISTENCIA, DESARROLLO

La oferta de servicio consiste en hacernos cargo de todo el proceso de Copropiedad Inmobiliaria del Edificio mencionado, la elaboración de todos los planos, revisión del reglamento desarrollado por los abogados, desarrollo de la tabla de prorrateo, enrolamiento y en general todos los trámites inherentes a la Copropiedad Inmobiliaria. Para esto solo se requiere el último archivo digital del proyecto aprobado, Certificado de Informes Previos, antecedentes de la Inmobiliaria y el Reglamento de Copropiedad redactado en principio y luego, archivado en el C.B.R..

El servicio consiste en desarrollar todos los planos de copropiedad Inmobiliaria, pudiendo realizarse dicho proceso EN VERDE, ES DECIR SIN RECEPCION FINAL. En todo caso, el hecho de realizar este trámite anticipadamente, no inhibe la posibilidad de introducirle modificaciones posteriormente al edificio.

Por otro lado, se realiza el trámite ante el Servicio de Impuestos Internos el que consiste en la definición de las tablas de prorrateo que dan origen al pre-avalúo y los planos descriptivos que dan origen al pre-enrolamiento.

Una vez aprobado el proceso ante el SII, se realiza el trámite de aprobación de los planos de Copropiedad Inmobiliaria ante la Municipalidad, logrando su correcta aprobación.

Teniendo conciencia de la importancia que tiene para estos procesos el Reglamento de Copropiedad Inmobiliaria, también está considerado la revisión y sugerencias del Reglamento redactado por los abogados de la Inmobiliaria, de modo de dejar las cláusulas necesarias para preservar la obra del arquitecto en el tiempo, dejar una estructura administrativa orgánica y dejar cláusulas de transición de modo que no se produzcan obstáculos en la venta y administración del mismo.

ASESORÍA POR PROYECTOS

El tipo de Asesoría dependerá de cada proyecto y la complejidad que este implique. Esencialmente, la labor de Forteza & Cia. Ltda. es la de orientar a las Inmobiliarias en el Campo Legal que afecta a cada proyecto, resolver los problemas habituales de los proyectos y tratar que el paso por los Municipios sea lo menos tortuoso posible, realizando gestiones de Defensa Temática Conceptual ante la DOM, la SEREMI, la D.D.U. y otras Instituciones.

 

Nuestra participación ante los municipios se concentra en los momentos en que se hace necesario la defensa del proyecto ante el Director de Obras, Alcalde, Concejo, etc., no realizando labores de lobby local ante los revisores de modo de acortar los plazos, sin perjuicio que uno pueda gentilmente hacer acto de presencia vía teléfono.

ASESORÍA ESTABLE

En el caso de las Asesorías estables, estas implican una ventana constantemente abierta para una serie de eventualidades que se les van presentando a las Inmobiliarias, resolviendo las necesidades en base a redacción de documentos, asistencia en reuniones ó asistencia ante las Direcciones de Obras.

Es importante destacar, que el objetivo de esta labor es la de acercar las posiciones entre municipios y privados tratando en la mayoría de los casos resolver los problemas de un modo Técnico-Legal, antes de irse por la vía Legal propiamente tal.

Para el Servicio de Asesoría constante se firma un Contrato Simple entre las partes y este se puede caducar en cualquier momento, por cualquiera de las partes, con un aviso previo de 30 días de anticipación.